Actas capitulares: 10


Oficio a su excelencia.

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EXCELENTÍSIMO SEÑOR:


"Noticioso este Ayuntamiento de la consternacion general que habian causado en este pueblo los funestos acaecimientos de nuestra Península, y que animado de su lealtad y patriotismo dudaba en su situacion actual, y de su suerte futura, zozobrando en un conjunto de ideas diversas, que exigian la mas pronta combinacion para evitar una fermentacion lastimosa; obtuvo de V. E. permiso franco para convocar, por medio de esquelas, la principal y mas sana parte del vecindario, y que en un Congreso público, expresase la voluntad del pueblo, y acordase las medidas mas oportunas para evitar todas desgracias, y asegurar nuestra suerte venidera: consultando por este medio este Ayuntamiento el mejor órden y la conservacion, integridad de estos dominios, bajo la dominacion del Sr. D. Fernando VII; y habiéndolo verificado ayer dia con toda la solemnidad que corresponde, y con la dignidad y decoro que es propio de este pueblo leal y generoso, ha acordado dicho Congreso, á pluralidad de votos, que V. E. debe cesar en el egercicio de su autoridad, y esta recaer en el Ayuntamiento, segun aparece del adjunto certificado del Actuario, el cual servirá á V. E. de bastante comprobante, en atencion á que las circunstancias críticas y urgentes no dan tiempo á estender testimonio de la acta. Pero este Ayuntamiento, siguiendo siempre las ideas de conciliar el respeto de la autoridad con la tranquilidad pública, ha deliberado, como único medio para conseguirlo, el nombrarle á V. E. acompañados en el egercicio de sus funciones, hasta que convocada la Junta general del virreinato, resuelva lo que juzgue conveniente. Lo que participa á V. E. para su perfecta inteligencia.


Dios guarde á V. E. muchos años. Sala Capitular de Buenos Aires Mayo 23 de 1810.

EXMO. SR.


Juan José Lezica — Martin Gregorio Yañiz — Manuel Mancilla — Manuel José de Ocampo — Juan de Llano — Jaime Nadal y Guarda — Andres Dominguez — Tomas Manuel de Anchorena — Santiago Gutierrez — Dr. Julian de Leiva.


Excelentísimo Señor D. Baltazar Hidalgo de Cisneros."

Y determinaron, que sin perder instantes, se le pase á S. E. por medio de una diputacion, que ha de componerse de los Señores, D. Manuel José de Ocampo y el Dr. D. Tomas Manuel de Anchorena: á quienes se encarga muy especialmente, le hagan comprender el fin que se ha propuesto este Cabildo con semejante arbítrio, y cuanto interesa á la quietud pública y á la salud del pueblo el que se lleve á su término, quedando abierto el acuerdo hasta que regresen.

Regresaron los Señores Diputados y espusieron, que el Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros se habia allanado de palabra, no solo al arbítrio que se le proponia, sino tambien á no tomar la menor parte en el mando, siempre que ello se considerase necesario para la quietud pública, bien y felicidad de estas provincias: pero que juzgaba por muy conveniente el que se tratase el asunto con los Comandantes de los cuerpos de esta guarnicion, respecto á que la resolucion del Exmo. Cabildo, no parecía en todo conforme con los deseos del pueblo, manifestados por mayoría de votos: y que de cualquier modo estaba resignado en la voluntad del Ayuntamiento, á quien dirigía la contestacion que entregaban, y es del tenor siguiente.-