Acta del Cabildo de Santiago (8 de julio de 1813)


Sesión de 8 de julio de 1813

Sobre repartición de empréstito.- Expediente del subastador de la plaza de abastos.- Sobre cartas de ciudadanía.

En la ciudad de Santiago de Chile, a ocho de julio de mil ochocientos trece, hallándose en su sala capitular el Muy Ilustre Ayuntamiento y corporaciones, representaron los señores don Agustín Gana y don Miguel Ovalle, el primero como miembro del Tribunal del Consulado, comisionados por el Ayuntamiento para formar la graduación de empréstitos para auxilios de la presente guerra, que habiéndose hecho público este asunto tan grave y por su naturaleza odioso, hasta el extremo de hacerles reconvenciones varios sujetos y representarles las sensibles resultas que podrían experimentar por la odiosidad de la materia, después de haberse acordado sobre la reserva y sigilo que debía guardarse en este grave negocio, bajo cuyo supuesto habían admitido esta fastidiosa comisión, por dar pruebas y manifestar los deseos de emplearse en servicios de la patria, llenando al mismo tiempo las confianzas de este Ilustre Cuerpo; y que respecto a estar descubiertos del resentimiento del pueblo, se desistían y suplicaban se les admitiese su excusa, y que desde luego concurrirían para que en unión de todo el Ayuntamiento y demás corporaciones, se tratase y evacuase esta importante y grave materia. Y los señores, considerando la justicia de su excusa y la razón que les asistía para su desistimiento, acordaron se citase a todo el Cabildo pleno y Tribunales, conforme a la orden de la Excelentísima Junta, y que al efecto se pasase por Secretaría a los señores regidores oficio circular de citación, para que desde la noche de este día se convocasen en la sala del Ayuntamiento, de las seis a las siete, con prevención que, de no verificarlo, se pondría en consideración de la Excelentísima Junta; y así se ejecutó.

En seguida, habiéndose visto el expediente del subastador de la plaza de abastos sobre que a los vendedores se les permita acogerse en los arcos del portal en los días de lluvia, con lo informado por su Procurador General, proveyó lo siguiente: “Ocurra esta parte al Juzgado Mayor de Policía, donde corresponde”.

Últimamente, continuando la discusión del grande asunto de otorgar cartas de ciudadanía a los españoles europeos, y de las gravísimas dificultades que se presentan para concederles esta gracia, de que podrán resultar en nuestro sistema y nuevo Gobierno adoptado funestas consecuencias, que acaso el tiempo y las circunstancias no podrán remediar, después de haberse tratado particularmente y con la mayor consideración este delicado negocio; resolvieron uniformemente los señores se consultase al Excelentísimo Gobierno sobre los decretos que se conceden a esta clase de ciudadanos, las circunstancias o cualidades que deban tener, y las clases de pruebas que deban dar, respecto a que el reglamento que se ha publicado no lo declara. Con lo que y reservándose el Ayuntamiento tratar después cuanto más convenga en este asunto en beneficio del pueblo, concluyeron su acuerdo, que firmaron en su sala capitular de Santiago, a 8 de julio de 1813. Joaquín de Trucíos.- Jorge Godoy.- Doctor José Ureta.- Feliciano José Letelier.- Agustín de Gana.- Marcelino Cañas Aldunate.- Isidoro de Errázuriz.- José Antonio Valdés.- José Antonio de Rojas.- Juan Francisco León de la Barra.- Miguel de Ovalle.- Tomás de Vicuña.- Doctor Timoteo de Bustamante, Regidor secretario.