Acta del Cabildo de Santiago (23 de octubre de 1810)


Sesión de 23 de octubre de 1810

Acuerdo solicitando permiso de la Excelentísima Junta para invitar al Cabildo a algunos vecinos con quienes acordar un plan de defensa de todo el reino y arbitrios de numerario para poderlo realizar.

En la ciudad de Santiago de Chile, en veinte y tres días del mes de octubre de mil ochocientos diez años, los señores del Ilustre Ayuntamiento, juntos y congregados en la sala de Cabildo, como lo han de uso y costumbre, a saber, los que abajo firmarán, dijeron: que habiendo recibido este día un oficio de la Excelentísima Junta Provisoria de Gobierno, pidiendo a este Cuerpo que para poner al reino en el mejor estado de defensa, con cuyo objeto había sido instalada, y habiendo especulado no existían los fondos públicos suficientes para este objeto, acordásemos medios y arbitrios para el logro de aquel fin; y juntos para consultarlos, acordaron que, ignorando [desconociendo] el plan de defensa que la Excelentísima Junta haya de organizar, [como también] los fondos públicos que existen y pueden destinarse para realizarlo, y no teniendo a la vista el expediente que en años pasados se siguió sobre estos propios arbitrios, en que fueron oídos otros Cuerpos; como, finalmente, un expediente que el señor Procurador General hizo presente haber pasado a dicha Excelentísima Junta proponiendo un plan de defensa arreglado a las circunstancias del reino, en que pidió se oyese al Cabildo, y que existe con dicha providencia pendiente, mal podían acordar sobre medios y arbitrios, pues ignorando cuánto gasto sea preciso hacer y qué cantidades haya destinadas a este objeto, ni pueden calcular las que faltan, ni menos acordar el cómo se hayan de facilitar. Para ello, pues, es necesario que la Excelentísima Junta de Gobierno nos pase aquellos antecedentes, esto es, el plan que está resuelto de la defensa que se haya de organizar; los estados de los caudales públicos; el expediente referido sobre algunos arbitrios propuestos para la defensa del reino con motivo de la guerra con los ingleses; y, finalmente, la solicitud del Procurador General en que se ha pedido informe a este Cuerpo; que para ello, en atención a ser estos unos asuntos urgentísimos y que cualesquiera demora puede ser muy perjudicial, pase una diputación compuesta del alcalde señor don José Nicolás de la Cerda, del regidor doctor don Fernando Errázuriz y del Procurador General de ciudad don José Miguel Infante, y solicitando que la Excelentísima Junta mande pasar al Cabildo aquellos antecedentes, solicite, al mismo tiempo, que para acordar lo conveniente sobre lo mandado acerca de arbitrios y defensa pública, en atención a ser muy pocos los individuos de que hoy se compone el Cabildo, por andar muchos en sus haciendas, se permita citar a algunos vecinos de esta ciudad inteligentes en la táctica militar y mejores conocimientos del reino para que acuerden con los demás acerca del interesante punto que se ha de tratar; y que, asimismo, se conceda hacer acuerdos consecutivos hasta realizar y concluir este negocio, que sus resultas se comunicarán a la Excelentísima Junta para que haga de todo el uso que le parezca más arreglado a las presentes circunstancias y estado del negocio en que nos hallamos; y así lo acordaron y firmaron, de que doy fe. Agustín de Eyzaguirre.- José Nicolás de la Cerda.- Diego de Larraín.- Ignacio Valdés y Carrera.- Francisco Antonio Pérez.- El Conde de Quinta Alegre.- Fernando Errázuriz.- Agustín Díaz, escribano público y de Cabildo.