Acta del Cabildo de Santiago (22 de julio de 1813)


Sesión de 22 de julio de 1813

Empréstito.

Hallándose en la noche de este día los señores de este Ilustre Cuerpo y Tribunales diputados para tratar de los arbitrios que debían adoptarse para realizar la contribución del empréstito para socorro de las urgencias de la patria, que sostiene el numeroso ejército en el cantón del sur, en defensa de los enemigos de Lima, que han invadido a Talcahuano y Concepción, dando principio a su sesión se hicieron al mismo tiempo cargo de las gravísimas dificultades que abrazaba el lleno de esta comisión y las resultas que podían dimanar de comprender en esta derrama a vecinos y personas del país, no obstante de la fría indiferencia con que se han manifestado en el mayor peligro y las angustias que está padeciendo la patria; y hecho cargo de todo esto y de los odiosos comprometimientos a que quedaban expuestos los Cuerpos, y deseando llenar con acierto las órdenes de la Superioridad, unánimemente resolvieron se consultase al Excelentísimo Gobierno que si sin embargo de haber cesado la causa que motivaba esta contribución para sostener otro ejército en el Norte, por la invasión que también hicieron en el Huasco estos enemigos, debía llevarse adelante la ejecución de la colectación, y en este caso qué clase de personas deberían ser comprendidas, con respecto a que en los oficios que se habían pasado de la Excelentísima Junta sobre este particular no se designaban; y en su resolución contestó el Superior Gobierno el oficio que a su tenor se transcribe, y es como sigue: “Aunque falsificada la expedición invasora del Huasco, cesó el motivo de armar allí un ejército que reprimiera las osadas ideas del tirano del Perú que nos anunciaron; pero no por eso dejó de causarnos los cuantiosos gastos que se hicieron, ayudando a poner nuestro erario en la triste situación que hoy se ve. Cada día se agota con los que indispensablemente exigen las cosas del Sur, hasta ahora sin concluirse; y así, es indispensable el segundo empréstito que previno a US. el Gobierno, cuando no de los ciento cincuenta mil pesos, al menos de la mayor cantidad posible, prefiriéndose en esta contribución a los antipatriotas e indiferentes que no hayan tomado una parte activa en nuestra causa, ya con su influjo, con sus personas o con sus fortunas. Lo previene a US. la Junta en contestación a su oficio de ayer sobre el particular”.