Acta del Cabildo de Santiago (17 de junio de 1814)


Sesión de 17 de junio de 1814

Pago de derechos.- Declinatoria.- Pago de música.- Medidas para la mantención de presos.

En la ciudad de Santiago de Chile, a diez y siete de junio de mil ochocientos catorce, los señores del Muy Ilustre Ayuntamiento hallándose en este día reunidos en acuerdo ordinario como lo acostumbran, vieron los autos seguidos por don Francisco Bacigalup contra don Miguel Fierro sobre el cobro de cierta cantidad de pesos que le es deudor, como a Teniente del Juez de Abastos, por la contribución de un peso impuesta al gremio de panaderos: enterados de su estado, con lo expuesto por su Procurador General, acordaron el decreto del tenor siguiente: “Teniendo este Ilustre Ayuntamiento decretada la obligación que liga a los panaderos para satisfacer el peso mensual que ellos mismos señalaron a don Francisco Bacigalup, como Teniente del señor Juez de Abastos; y hallándose esto ejecutoriado en circunstancias que el Superior Tribual de Apelaciones no ha revocado el segundo decreto de fs. 15 vuelta, por el que se mandó segunda vez se llevase a debido efecto lo ordenado en cuanto a este pago, dignándose sólo prevenir la remisión del presente proceso a este Ilustre Ayuntamiento; notifíquese de nuevo a don Miguel Fierro y demás panaderos que, sin excusa ni pretexto, cubran las cantidades que adeudan por cuenta de la obligación que contrajeron, y no verificándolo dicho Fierro, procédase a la venta de las mulas que se le tienen embargadas”.

Seguidamente, se leyó un escrito del señor Regidor don Antonio de Hermida, declinando jurisdicción del conocimiento que el Ilustre Ayuntamiento tiene tomado en la causa que contra él sigue don Rafael Díaz de Alderete como arrendatario de los potreros de la dehesa sobre que le desembaracen los terrenos que le mantiene ocupados con sus animales, a que proveyó: “Traslado al Procurador General”.

Luego se vieron las cuentas que presentó Juan Nepomuceno Vargas del costo de los músicos que tocaron en la tercera noche de iluminación en celebridad de la paz, pretendiendo su pago; y habiéndose examinado y rebajado alguna cantidad de la que exigía, los señores proveyeron el siguiente decreto: “Páguese por el Sota-síndico de ciudad al maestro músico Juan Nepomuceno Vargas cincuenta y cinco pesos del importe de la música que dio en la tercera noche de iluminación, y al efecto désele el correspondiente libramiento por el Secretario”.

Y, por último, se orientó de una representación del subastador de la plaza de abastos quejándose de las desavenencias y malos tratamientos que experimentaban sus sirvientes con los reos y carceleros por la comida que les sufragaba; y habiendo el Ayuntamiento tratado sobre el particular, y a fin de evitar los disturbios y desorden que de esto dimanaría, expidió le siguiente providencia: “Sin embargo que los señores alcaldes quedan encargados de mirar por el buen tratamiento y asistencia de los reos, se comisiona al señor Regidor don Carlos Infante para que cele y observe la clase de alimento que se les sufraga; y hágase saber al interesado que el Ayuntamiento espera cumpla exactamente con su contrata y del modo que corresponde a su honor y hombría de bien”. Con lo que se concluyó el acuerdo, que firmaron en este día. Francisco Borja Fontecilla.- Doctor Francisco Regis Castillo.- El Conde de Quinta Alegre.- Matías Mujica.- Tomás de Vicuña.- Doctor Timoteo de Bustamante.