Acta de Independencia de Guayaquil

Acta de Independencia de Guayaquil (1820)

En la ciudad de Santiago de Guayaquil, a nueve días del mes de octubre de mil ochocientos veinte años, y primero de su Independencia, reunidos los señores que lo han compuesto, a saber: los señores Alcaldes, don Manuel José de Herrera y don Gabriel García Gómez, y señores Regidores Dr. José Joaquín Olmedo, don Pedro Santander, don José Antonio Espantoso, Dr. D. José María Maldonado, Dr. D. Bernabé Cornejo, don Jerónimo Zerda, don Ramón Menéndez, don Manuel Ignacio Aguirre, don Juan José Casilari y Dr. D. Francisco Marcos, con el señor Procurador General, don José María Villamil; por ante mí el presente Secretario, dijeron:

Que habiéndose declarado la Independencia, por el voto general del pueblo, al que estaban unidas todas las tropas acuarteladas; y, debiendo tomar en consecuencia, todas las medidas que conciernen al orden político, en circunstancias que este necesita de los auxilios de los principales vecinos, debía primeramente recibirse el juramento al señor Jefe Político, señor doctor don José Joaquín Olmedo, por voluntad del pueblo y de las tropas; y, en efecto, hallándose presente dicho señor en este Excelentísimo Cabildo, prestó el juramento de ser independiente y fiel a su patria, defenderla, coadyuvar con todo aquello que concierna a su prosperidad y ejercer bien y legalmente el empleo de Jefe Político, que se le ha encargado.

En seguida, el referido señor Jefe Político, posesionado del empleo, recibió el juramento a todos los individuos de este Cuerpo, quienes juraron ser independientes, fieles a la Patria, y defenderla con todas las fuerzas que están a sus alcances; cuyo juramento lo presenció el señor Jefe Militar, don Gregorio Escobedo.

Después de este Acto se acordó igualmente que los empleados antiguos continúen en el servicio de su ministerio, siempre que con absoluta libertad presten el juramento de ser Independientes y fieles a la Patria, como de propender a la Libertad de la América, en el ejercicio de sus destinos, bajo el concepto que en caso de no quererlo prestar no serán acriminados por la omisión única de este acto; y habiéndose hecho llamar a los señores Don Pedro Morlás, Don Gabriel Fernández de Urbina y Don Bernardo Alzúa; Ministros de Haciendo Pública; Don Juan Ferruzola y Don José Joaquín Lovoguerrerro, Administrador y contador de la Aduana Nacional; Don Ángel Tola Y Don Carlos Calixto, Administrador y contador del ramo del tabaco; Y Don Ramón Ferruzola, que no pudo comparecer en el acto y don Fernando Alzúa, quien expuso que no era empleado en ejercicio, sino agregado a estas cajas, y por este motivo no lo hacia cuanto por haber hecho dimisión de este cargo por no gravar inútilmente el Erario Público.

Se acordó igualmente que se expidiesen dos expresos a los Ayuntamientos de Quito y Cuenca, poniendo en su noticia la nueva forma de gobierno establecida en esta ciudad, exhortándoles a la uniformidad de sentimientos y operaciones, conducentes a la Independencia General de la América; y que esta providencia se extienda a todos los pueblos de esta jurisdicción por el Señor Jefe Político. Finalmente , se acordó que se publicará por bando con acuerdo del Señor Comandante Militar.

En este estado compareció Don Juan Ferruzola y habiéndose enterado de todo el contenido de esta acta, prestó juramento.

Y habiéndose tratado del ejercicio de la Jurisdicción contenciosa y orden que debía observarse en la ciudad, se acordó generalmente que dicha jurisdicción se ejerciese por dichos Alcaldes con arreglo a las leyes que han regido hasta el día de hoy; y que para mantener el orden, se destinasen todos los señores del ayuntamiento a hacer patrullas, procurando mantener el sosiego, con el modo y sagacidad que exigen las circunstancias del día.

Con lo que y no habiéndose tratado otra cosa, firmaron esta acta los señores, por ante mi el presente Secretario.

José Joaquín de Olmedo, Manuel José de Herrera, Gabriel García Gómez, José Antonio Espantoso, Pedro Santander, José M. Maldonado, Bernabé Cornejo y Avilés, José Ramón Menéndez, Jerónimo Zerda, Manuel Ignacio de Aguirre, Francisco de Marcos, José Villamil, Juan José Casilari, José Ramón de Arrieta, Secretario.