100 preguntas sobre la Constitución/Futuro

Futuro

Proceso y contenido para una reforma o nueva Constitución

Estamos viviendo un proceso constitucional que nos puede llevar incluso a redactar una nueva Constitución. Por lo mismo, es relevante que como ciudadanía contemos con información, tanto del proceso mismo como de los contenidos que podrían debatirse en este escenario, independientemente del camino que se elija.

Por Juan Pablo Díaz Fuenzalida
67.

¿Cómo crear una nueva Constitución?

A través de una reforma constitucional iniciada con un mensaje presidencial o una moción parlamentaria, se presenta al Congreso Nacional un proyecto de nueva Constitución. Salvo algunas excepciones, es similar a la tramitación de una ley.

La otra vía es por medio de la elaboración de una nueva Constitución de la República que inicia y termina con un plebiscito. En este caso, se crea un órgano cuyo único objetivo es redactar un nuevo texto constitucional.

68.

¿Cómo se decidirá si debe o no haber una nueva Constitución?


Se decidirá a través de un plebiscito nacional que se celebrará el 26 de abril de 2020 y que será convocado por el presidente de la República.

69.

¿Qué se decidirá en el plebiscito nacional del 26 de abril de 2020?

La ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales (similares a un voto) cuyas preguntas serán:

«¿Quiere usted una nueva Constitución?»
Esta cédula tendrá dos alternativas:
«Apruebo» y «Rechazo»

El elector solo podrá marcar una única preferencia.


«¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva

Constitución?»
Esta cédula tendrá dos alternativas:
«Convención Mixta* Constitucional» y «Convención Constitucional»

El elector solo podrá marcar una única preferencia.


*Mixto/a no se refiere a «mujeres y hombres», sino que a «ciudadanos/as y miembros del congreso en ejercicio».

70.

¿Qué pasa si gana la opción «Rechazo una nueva Constitución»?

El efecto sería mantener vigente la Carta Fundamental actual. Sin embargo, eso no significa que no pueda mejorarse el texto constitucional por la vía del mensaje presidencial o por moción parlamentaria. De esta manera, dependiendo de los artículos que se quiera modificar, en algunos casos se exigirá el quorum de tres quintos y en otros de dos tercios de los diputados/as y senadores/as en ejercicio.

71.

¿Qué es una Convención Mixta Constitucional?


Es un órgano integrado, en partes iguales, por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio, cuya función es redactar una nueva Constitución.

La Convención Mixta Constitucional se compone de 86 parlamentarios o parlamentarias elegidos/as por el Congreso Pleno, es decir, por los diputados/as y senadores/as que se encuentren en ejercicio de sus cargos, y, al mismo tiempo, por 86 ciudadanos/as (no parlamentarios/as) electos por la ciudadanía, con el único fin de redactar una nueva Constitución.

72.

¿Qué es una Convención Constitucional?

Es un órgano integrado, en partes iguales, por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio, cuya función es redactar una nueva Constitución.

La Convención Mixta Constitucional se compone de 86 parlamentarios o parlamentarias elegidos/as por el Congreso Pleno, es decir, por los diputados/as y senadores/as que se encuentren en ejercicio de sus cargos, y, al mismo tiempo, por 86 ciudadanos/as (no parlamentarios/as) electos por la ciudadanía, con el único fin de redactar una nueva Constitución.

73.

¿Cómo funcionará la Convención electa para redactar una nueva Constitución?

Una vez convocada, la Convención funcionará en sesiones y deberá, primero, por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio, elegir un/a presidente y un/a vicepresidente y constituir una Secretaría Técnica conformada por académicos/as y/o profesionales. La Convención deberá aprobar las normas de la Constitución por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. Ello implica que lo que no se acuerde por dicho quorum no tendrá reconocimiento constitucional.

74.

¿Hay un plazo para redactar una nueva Constitución?

Para redactar la nueva Constitución, la Convención electa tiene como plazo máximo un año, aunque, en estricto rigor, son dos plazos:

• Nueve meses para elaborar y aprobar una propuesta de nueva Constitución.

• Tres meses más como única prórroga a solicitud del presidente de la Convención o un tercio de sus miembros en ejercicio. Para ello se deberá dar cuenta pública de los avances de la propuesta de nueva Constitución, entendiéndose prorrogado el plazo sin más trámite.

75.

¿Qué límites tiene la Convención electa para redactar el nuevo texto?

La Convención tiene un margen de acción. En efecto, el texto de la nueva Constitución deberá respetar las siguientes premisas:

• el carácter de república del Estado de Chile (no podría ser, por ejemplo, una monarquía),

• el régimen democrático (regla de decisión de la mayoría a través de votaciones y participación. Se opone a regímenes dictatoriales),

• las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas (relacionado con la independencia del Poder Judicial y los derechos adquiridos), y

• los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes (no debieran elaborarse normas que tengan por objeto el incumplimiento de acuerdos internacionales).

76.

¿Quién tiene la última palabra sobre la nueva Constitución?

La ciudadanía, a través de un plebiscito obligatorio convocado por el presidente de la República, podrá aprobar o rechazar el nuevo documento.

La cédula electoral dirá: «¿Aprueba usted el texto de nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?» o «¿Aprueba usted el texto de nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?».

Las opciones serán: «Apruebo» y « Rechazo». El/la elector/a debe marcar una única preferencia.

77.

¿Qué ocurre si se aprueba /rechaza el texto de la nueva Constitución?

Si la ciudadanía aprueba el texto, el presidente de la República deberá convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución. Entrará en vigor desde su publicación en el Diario Oficial.

Si la ciudadanía rechaza el texto, continuará vigente la actual Constitución.

¿Qué se podría discutir?

Las preguntas que se proponen de aquí en adelante se han elaborado a partir de temas que han sido objeto de debate público. En las materias abordadas no hay respuestas buenas o malas, sino más bien alternativas para evaluar, invitaciones a reflexionar e ideas con las que discrepar.

78.

¿Persona o Estado, cuál debiera ser el más importante?

Podría estipularse que el Estado está al servicio de la persona. De esta forma, es el Estado quien debe preocuparse de hacer cada vez más digna la existencia humana, sin sobrepasar sus derechos y libertades individuales.

Podría estipularse que la persona está al servicio del Estado. Ello implicaría que la persona no solo tenga derechos, sino que también una serie de obligaciones con el Estado, como, por ejemplo, el derecho y deber de trabajar.

79.

¿Cómo debiera regularse el derecho a la vida?

Debiera consagrarse el derecho a la vida en todas sus esferas, inclusive de los que están por nacer. Se podría reconocer personalidad a quienes estén en el vientre materno. En la misma línea, podría prohibirse la eutanasia.

Debiera consagrarse el derecho a la vida, pero, al mismo tiempo, permitir ciertas libertades que puedan atentar contra esta por dar prioridad a otros derechos en situaciones justificadas. Por ejemplo, en el caso de la eutanasia o el aborto.

80.

¿Cómo debieran regularse las libertades individuales?

Debieran consagrarse una serie de libertades, como, por ejemplo, la libertad de expresión, de prensa, de desplazamiento, de creencia, de emprendimiento, de asociación. Debieran primar las libertades salvo excepciones. Por ejemplo, para crear un periódico, no hay muchas limitaciones, solo que no se cometan delitos de injurias y calumnias ya que estas están prohibidas.

Debieran consagrarse una serie de libertades (como las ya enunciadas en el punto anterior), pero poniendo el foco en las limitaciones. En este caso, el Estado asume un rol activo en la actividad de las personas. Por ejemplo, que un órgano del Estado revise lo que publicará un periódico con el objeto de controlar posibles injurias y calumnias.

81.

¿Cómo debieran regularse los bienes?

Debiera consagrarse la posibilidad de adquirir bienes y reconocerse la propiedad privada de forma absoluta. Solo existiría la alternativa de lo privado.

Todos los bienes debieran ser públicos, sin reconocer la propiedad privada. El Estado sería el «dueño de todo».

Debiera consagrarse la propiedad privada y su adquisición, pero con limitaciones como considerar, por ejemplo, la función social de la propiedad.

82.

¿Cómo debiera regularse sobre derechos sociales?

Como políticas de Estado. Estas orientarían las prácticas del Estado independientemente de quien detente el poder.

Como prestaciones garantizadas. El Estado se comprometería a otorgar directa o indirectamente prestaciones sociales, inclusive entregando una acción judicial para hacerlos exigibles.

83.

¿Cómo debiera regularse sobre las pensiones?

Determinando un sistema de capitalización individual. Se establecería el ahorro obligatorio de cada persona para hacerse cargo de su propia vejez.

Determinando un sistema de reparto. Se establecerían los principios relacionados con la solidaridad. Por ejemplo, los/las trabajadores/as activos/as y el Estado cotizarían para un fondo común que financiaría las pensiones.

La Constitución debiera determinar un sistema mixto. Así, se consideraría ahorro obligatorio y solidaridad en casos determinados.

84.

¿Cómo debiera regularse sobre la salud?

Consagrar principios sobre la salud. Así, se comprometería a las autoridades a hacer cada vez más efectivo el derecho a la salud. El sistema sería público, privado o mixto dependiendo del desarrollo legislativo.

Consagrar la salud como un derecho garantizado. Se establecería la salud como un derecho exigible con acción judicial. Sería necesario financiamiento de un sistema público o de uno privado con subsidios estatales.

85.

¿Cómo debiera regularse sobre educación superior?

Consagrar principios de igualdad de oportunidades para el acceso a la educación superior. El Estado debiera preocuparse que cada persona tenga una posibilidad cierta de obtener buenos resultados. El acceso dependería del rendimiento académico.

Consagrar el acceso a la educación superior a todas las personas. Se establecería como un derecho que, una vez terminada la educación secundaria, se podría acceder a la educación profesional o técnico profesional. Así, el Estado se obligaría a asegurar siempre este derecho.

86.

¿Qué pasa si gana la opción «Rechazo una nueva Constitución»?

El agua como un bien nacional de uso público, permitiéndose derechos de propiedad privada. El uso del agua sería de dominio privado, pudiéndose transferir, prestar, tributar o heredar.

El agua como un bien nacional de uso público, permitiéndose concesiones para diversos usos. El agua podría estar en manos de privados, pero solo si es por un tiempo determinado y le dan un uso beneficioso.

El agua debiera considerarse un derecho humano. Ello implicaría dar prioridad al consumo humano del agua.

87.

¿Cómo debiera regularse sobre pueblos originarios?

Dar reconocimiento a los pueblos originarios. Ello implicaría definir a Chile como un Estado plurinacional, el cual debiera otorgar mayores derechos y autonomía a los pueblos indígenas.

No dar reconocimiento a los pueblos originarios. Implicaría una opción para incorporar a los pueblos indígenas y tribales en una única nación, la chilena. Tendrían más o menos derechos, al igual que un ciudadano común y corriente, dependiendo de su realidad particular.

88.

¿Debiera darse reconocimiento a los grupos sociales vulnerables?

Sí, debiera darse reconocimiento a los grupos sociales vulnerables. Implicaría determinar cuáles son las personas que están en una desigualdad, como niños, mujeres, adultos mayores, pueblos originarios, entre otros. Luego otorgar más derechos o preocupación para ellos.

No debiera darse reconocimiento a los grupos sociales vulnerables. A priori, no se daría especial atención a ningún grupo social, ni tampoco habría derechos adicionales por el solo hecho de pertenecer a estos, a menos que se sea vulnerable en el caso concreto.

89.

¿Cuál debiera ser el rol del Estado en la economía?

Rol activo. Podría darse legitimidad para crear o adquirir empresas, como también controlar precios de los productos, sin necesidad de una mayor legislación que se lo permita.

Rol de mero observador. El Estado solo sería un ente que debe estatuir un sistema de resolución de conflictos y dejar que el mercado se autorregule.

Rol intermedio. Debiera propiciarse la libertad de emprendimiento, pero dar posibilidad al Estado de participar en cualquier tipo de actividad económica siempre que una ley se lo permita.

90.

¿Cómo deberían originarse los proyectos de ley?

A través de representantes del pueblo. Las leyes deberían iniciarse por las autoridades elegidas en votación popular, como el presidente de la República, diputados/as y senadores/as.

Desde el pueblo y ejercido por este de forma directa. Existen mecanismos de democracia directa, como exigir un número de firmas ciudadanas para presentar un proyecto al Congreso.

Con un sistema mixto. Se contemplarían mecanismos de democracia directa y representativa (es decir, se sumarían los dos primeros puntos).

91.

¿Debiera haber puestos reservados en el Congreso?

Sí, para determinados grupos sociales. En general, estos han sido relacionados con cupos garantizados para representantes de pueblos originarios, pero podría considerarse paridad de género. Implica que tendrán puestos reservados en el Congreso.

No debiera haber escaños reservados. Implicaría que la votación popular elegiría a sus representantes sin considerar, en ningún caso, la pérdida del candidato/a con mayor sufragio por no pertenecer a un determinado grupo social.

92.

¿Debiera haber un límite en la reelección de representantes?

Sí, debiera existir un límite. Entre estos, encontramos al presidente de la República, senadores/as, diputados/as, consejeros/as regionales, alcaldes/sas y concejales/as. Implicaría establecer prohibiciones en la reelección, independiente de su popularidad o capital político en la zona de representación.

No deberían determinarse límites. De esta forma, sería la ciudadanía quien decidiría si sigue o no en el cargo en caso de una segunda o, en general, de una nueva candidatura.

93.

¿Debiera existir un Tribunal Constitucional?

Sí, para que resuelva conflictos constitucionales. Las controversias que pueden generarse son inconstitucionalidades del contenido de algún proyecto de ley o de leyes ya publicadas que se aplican a casos concretos.

No debería existir un Tribunal Constitucional. No habría discusión fuera del Congreso sobre la constitucionalidad de un proyecto de ley. La aplicación de leyes publicadas, que fuesen contrarias a la Constitución, serían resueltas por otro órgano.

94.

¿Cómo debiera ser la forma del Estado chileno?

Estado unitario. Existiría un único centro de impulso político, un único Congreso Nacional y una única legislación para el país. Las políticas confluirían y/o nacerían desde el centro y los otros sectores (por ejemplo, las regiones) serían ejecutores de aquellas decisiones.

Estado federal. Existirían varios centros de impulso político, diversas legislaciones nacionales y territoriales, diversos congresos (uno por región, por ejemplo) y mayor autonomía para las determinadas áreas.

95.

¿El Congreso debiera ser unicameral o bicameral?

Unicameral. Corresponde a un sistema con una única cámara parlamentaria. En principio, supone mayor rapidez legislativa dado que no existiría revisión ni observaciones de otra cámara.

Bicameral. Corresponde a un sistema con dos cámaras. Generalmente, una se denomina Cámara de Diputados/as y la otra, Senado. Ambos órganos deben revisar y aprobar los proyectos de ley. Permite mayor debate parlamentario.

96.

¿Cómo debiera adquirirse la nacionalidad chilena?

Por haber nacido en Chile. Implicaría que, por el solo hecho de nacer en territorio chileno, se puede optar a la nacionalidad chilena, independientemente del origen de los padres.

No se adquiere solo por nacer en territorio chileno, sino que se debe cumplir con otros requisitos. La nacionalidad debiera adquirirse por ser descendiente de un/a chileno/a, haber residido una cierta cantidad de años en Chile o por haber prestado un especial servicio al país.

97.

¿Cómo debiera ser la forma de gobierno en Chile?

Presidencialismo. La ciudadanía elige directamente un presidente de la República, quien es el jefe de Estado, del gobierno y de la administración. Su mandato tiene un tiempo determinado, independientemente del apoyo del Congreso.

Parlamentarismo. Se vota por representantes, quienes eligen al presidente del gobierno. Tiene tiempo determinado, pero es posible que termine antes si no existe apoyo del parlamento, lo que entrega mayor relevancia a este último.

98.

¿En qué momento debieran actuar las Fuerzas Armadas?

Solo debieran actuar ante casos de guerra exterior. Solo tendrían un rol de defensa de la soberanía.

Se consideraría un rol intermedio. Esto significa que actuarían si es que hay guerra o peligro de ella, como también en casos de excepción constitucional.

Contemplaría un rol más activo en la sociedad. Podrían actuar, sin necesidad de estados de excepción constitucional, para la protección de edificios o estructura crítica (hospitales, aeropuertos, entre otros).

99.

¿Y si agregamos un órgano de protección ciudadana?

Se podría establecer una Defensoría del Pueblo con autonomía constitucional enfocada en mejorar la relación que existe entre el ciudadano/a y el Estado. Sería una instancia previa de resolución de conflictos, la que evitaría la excesiva judicialización.

100.

¿Y sobre que más podríamos discutir?

Entre otros, se podría debatir de:

Minería, medioambiente y recursos naturales.
Protección de datos personales, nuevas tecnologías e inteligencia artificial.
Derechos de los/as consumidores/as en el mercado.
Derechos y obligaciones de los ciudadanos/as frente al Estado.
Tributación, crecimiento y desarrollo económico sustentable.
Derechos reproductivos e igualdades.

Privacidad, seguridad y persecución de delitos.