Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1843/Sesión de la Cámara de Diputados, en 17 de julio de 1843

Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1843)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 17 de julio de 1843
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 18.ª EN 17 DE JULIO DE 1843
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Impuesto sobre los carruaje públicos de Valparaiso. —Proyecto de restriccion de las solicitudes de gracia. —Acta.—Anexos.

CUENTA editar

Se da cuenta:

De un informe de la Comision de Hacienda sobre la solicitud de don Francisco Tagle. (V. sesiones del 14 i el 19).

ACUERDOS editar

Se acuerda:

  1. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que grava los carruajes de Valparaiso con un impuesto en favor de la Municipalidad. (V. sesiones del 14 i el 19).
  2. Pedir informe a la Comision de Lejislacion sobre la mocion del señor García Reyes, dirijida a restrinjir las solicitudes de gracia. (V. sesion del 14).

ACTA editar

SESION DEL 17 DE JULIO DE 1843

Se abrió con los señores Aldunate, Arteaga, Cerda, Correa, Covarrúbias, Cifuentes, Eyzaguirre, Formas, Gana, Gandarillas, García de la Huerta, Garcia Reyes, Iñiguez, Lazcano, Lastarria, Lastra, López, Necochea, Orrego, Palacios, Palazuelos, Palma, Pérez, Pinto, Prieto, Renjifo, Rozas, Sanfuentes, Seco, Varas, Velásquez, Vial don Manuel, Vial don Ramon, Vila, Vidal, Urriola i Barra.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se discutió el proyecto de lei para establecer una contribucion sobre los carruajes públicos de Valparaiso, i despues de haber tomado la palabra los señores Renjifo i Palazuelos fué aprobado en jeneral. En seguida se tuvo la segunda lectura de la mocion del señor García Reyes, i luego que espuso a la sala los fundamentos en que la apoyaba fué admitida a discusion i pasó a la comision de lejislacion.

Por último, se leyó el informe de la comision de hacienda en la solicitud de don Francisco Tagle i quedó en tabla con los demas asuntos pendientes; con lo que se levantó la sesion. —Pinto. —M. de la Barra.
SESION DEL 17 DE JULIO [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, el señor Presidente espuso a la sala que estando enfermo ti señor Toro i teniendo en consideracion que este señor era autor de la mocion del estanco i el único Diputado que habia hecho observaciones a la lei de moneda, no podría continuar la discusion de estas dos materias que habian quedado pendientes en la sesion anterior. Acto continuo se procedió a la discusion jeneral de los proyectos en tabla, i en consecuencia el señor secretaiio leyó el proyecto de lei que trata de imponer una contribucion a los ómnibus de Valparaíso.

El señor Renjifo (don Ramon) pidió antecedentes i luego que estos le fueron dados por el secretario, dijo mas o ménos lo siguiente: Por el informe del gobernador de Valparaíso, se ve las circuntancias en que se encuentra aquella ciudad. En él se manifiesta que al principio no se impuso gravamen alguno a los ómnibus, pero que despues observando el grave perjuicio que estos carruajes hacían en las calles, la municipalidad les impuso la contribucion de diez pesos. Este paso dado por la municipalidad de Valparaíso, fué lo que indujo a Capelini i Cia. a elevar una solicitud al Gobierno para que se le descargase de ese impuesto. El Gobierno decretó entónces que era ilegal la contribucion i que ordenó que se devolviese a Capeliní el valor de las contribuciones que se le habia impuesto i que no se pusiese el menor obstáculo al libre tránsito de sus ómnibus. Pero Capeliní era el único en ese entónces que habia establecido su industria en Valparaíso. Despues se ha aumentado el número i el detrimento que sufren las calles de aquella ciudad, se aumenta de dia en dia. La municipalidad entónces limitó la cortribucion a ciertos ómnibus i algunos de los empresarios se convinieron con la municipalidad a pagarle una parte de la contribucion, mas Capeliní, oponiéndose siempre a este impuesto, ocurrió de nuevo al Gobierno. Este pidió informe al gobernador de Valparaíso, i en consecuencia ha pasado el proyecto de lei que nos ocupa. De lo impuesto se infiere pues, que es necesario dictar una lei, lei mui justa, mui razonable, pues es mui conforme a la equidad que sufran el grvaámen aquellos que causan el perjuicio. Es sabido que a la Cámara sólo toca dictar esas leyes que tienen por objeto imponer contribuciones i por esto el ejecutivo ha pasado ese proyecto de lei. apoyando la justa demanda de la municipalidad. Si se alegase contra el proyecto un artículo de la constitucion que dice, que no debe ponerse trabas al ejercicio de ninguna industria, a ménos que perjudique a la comodidad i a la salubridad, será fácil responder que el ejercicio de la industiia de estos carruajes, perjudica altamente a la comodidad, pues es rara la calle por donde transitan estos carruajes que no se encuentre en pésimo estado, i también a la salubridad pues con lo que descomponen las calles, se forman pantanos que causan grave detrimento a la salud, fuera de los perjuicios accidentales que pueden ocasionar en tantas idas i venidas.

Creo pues mui justa la contribucion i necesaria la aprobacion del proyecto.

El señor Palazuelos dijo aproximadamente lo que sigue: Una sola duda me ocurre: ¿No somos todos los chilenos miembros de una sola familia? ...... Pues bien ...... Ya que se trata de dictar una lei que produce tantos bienes, no se haga relativa a una sola porcion de Chile; si es tan útil, hágase jeneral. Los carruajes perjudican a las calles, perjudican a la poblacion; pero este perjircio no lo sufren sólo los habitantes de una parte del territorio; todas las poblaciones de la República pueden sufrir los mismos daños, las mismas incomodidades, luego a todas debe estenderse la lei que se va a dictar. Por lo que respecta al gravamen, es mui justo, mui necesario. En Santiago por ejemplo, los carromatos (Risas en la barra) nos haren estremecer, nos tienen en continua alarma Estoi por creer que estos demonios, (risas en la barra) (no quiero llamarlos carromatos) que tenemos aquí en Santiago son distintos de los que se hacen en otras partes. Si es mucha mole...... Los médicos mismos se han quejado, porque el hospital está lleno de enfermos del pecho, que no pueden ménos que ser estos carreteros. A mí mismo, raro es el dia de la semana que no me ha despertado el ruido de uno de estos demonios, que me hace estremecer en mi cama, creyéndolo temblor ........¿I quién de los diputados me negará que con estos carruajes tan grandes, tan pesados, no sufren derimentos las calles i hasta los mismos edificios? ......Podia hacerse uso de carros de mano o carretillas para trasportar efectos i así cesarían nuestros temores. Me parece pues muí bien el proyecto presentado a la Cámara; mas ya lo he dicho, somos miembros de una misma familia i desearía que se volviese el proyecto a la comision para que se hiciese estensiva la lei a todas las provincias.

El señor Renjifo tomó la palabra i dijo: Estoi de acuerdo con las ventajas que produciría una lei que propendiese a igualar la industria en las diversas partes del territorio de la República; pero en el presente caso, me parece irrealizable la pretension del Diputado preopinante. La industria de que nos ocupamos, sólo tiene lugar en dos o tres poblaciones de la República, en que por las diversas localidades i por una multitud de circunstancias, debe modificarse la lei. ¿Qué sacaríamos por ejemplo con dictar una lei jeneral imponiendo contribuciones a los ómnihus, a las calezas de toda la República cuando sólo las hai en dos o mas poblaciones? ......Hai leyes que pueden hacerse jenerales, pero hai otras otras que sólo son meramente locales i que es imposible darles una lata aplicacion a todas las partes de que se compone una nacion. ¿Qué objeto mas jeneral, qué materia mis a propósito para hacer i una leí jeneral que los serenos? i sin embargo la esperiencia nos ha demostrado que es irrealizable su aplicacion a las diversas porciones que abraza el territorio de la República; i si en un objeto que parecía tan jeneral se han encontrado tantas dificultades para dictar una lei jeneral, ¿cuántas mas se encontrarían en una industria que se ejerce solámente en dos poblaciones de la República? Creo pues, que el Diputado preopinante convendrá en la imposibilidad que hai para llevar efecto su indicacion; cuando la municipalidad pase a la Cámara un proyecto que tiene sobre esta materia, podrá el señor Diputado hacer las observaciones que juzgue convenientes.

El señor Palazuelos dijo mas o ménos: Se ha dado una lei de réjimen interior, materia importante i sobre la cual hemos dado nuestro voto de confianza al Ejecutivo. El tiempo de la lejislatura es demasiado corta i debemos procurar que el proyecto sobre carruajes, salga de la posicion infernal en que ahora se encuentra.

Ya otras veces hemos dados votos de confianza al Gobierno; pido pues que se le faculte para establecer el impuesto que debe recaer sobre los carruajes. Para esto se necesitan noticias detalladas, i ¿quién mejor que el Gobierno puede tener estas noticias?... La lejislatura debe pues decir: impóngase una contribucion a los carruajes en todo el territorio de la República, i se faculta al Gobierno para que tome medidas jenerales, acordando lo que creyere mas conveniente.

El señor Cerda tomó la palabra. Como se trata de la discusion jeneral del proyecto pasado por el Ejecutivo, creo que la indicacion que se ha hecho, sólo tendrá lugir despues de desechados en particular los artículos de que consta el proyecto. Me veo sin embargo en la necesidad de adelantar mi opinion, oponiéndome a la indicacion del Diputado preopinante En el pérfido anterior me opuse a los votos de confianza concedidos al Ejecutivo, ahora también me opongo.

Muchos estrañarán esta opinion, pero es así... I no se crea que al esplicarme de este modo lo hago por poca confianza en la actual administracion, nó, tengo demasiada confianza, pero ¿quién puede asegurarnos que el uso que se hace hoi de los votos de confianza, se hará mañana por la administración que vendía? No quiero recordar ejemplos en que nos hemos tenido que arrepentir de estos votos de confianza, bien caro nos han costado, para quererlos repetir. Por ellos la hacienda pública se ha gravado en 40,000 pesos i no es éste el solo mal que han ocasionado a Chile.

Ahora en materias de contribucion el mal es mayor. La lejislatura concediendo votos de confianza al ejecutivo en materias de contribucion i la Cámara de Diputados!... no!... Yo no votaré. Estamos viendo la alarma en que, sin razon o con ella, está todo el público por la contribucion de serenos i esta alarma es común a todas las contribuciones...Digo mas, la indicacion que se ha hecho, pone en conflicto al Gobierno por las o odiosidades que se le acarrea. Por otra parte, creo que la indicacion es inútil: fuera de Valparaiso i Santiago, en los demas pueblos sólo hai uno o dos carruajes, que ruedan una vez que otra. Convengo en que son efectivos los males que causan los carruajes, pero nunca podrá hacerse jeneral la lei.

En Valparaíso, el impuesto deberá ser mas subido que en Santiago, aquí mas que en Concepcion i así sucesivamente, en consideracion al lucro que reportan, como al daño que causan.

Por lo que toca al temor de que las leyes se demoren, esteno es un mal a mi juicio; al contrario, las leyes deben ser medita las, mucho mas las relativas a contribuciones, tan delicadas como son i tantas odiosidades como ocasionan.

El señor Palazuelos dijo que a él no le gustaba enamorarse mucho de sus pensamiento;, i que votase la sala sobre el proyecto en jeneral, dejando a un lado su indicacion. Se procedió a votacion i se aprobó en jeneral el proyecto.

En seguida se leyó por segunda vez por el Secretario a mocion presentada por el señor don Antonio García Reyes. [2]

El señor García Reyes tomó la palabra para apoyar su mocion i dijo aproximadamente lo que sigue:

"He presentado a la Cámara un proyecto que tiene por objeto poner un dique al sin número de solicitudes que vienen a interrumpir el curso de nuestras tareas. Es preciso tener presente que entregándonos sin freno a los sentimientos de humanidad, que dispuestos siempre a escuchar el llanto, estamos en grave peligro de tocar en la prodigilidad, i bien se ve los inconvenientes que traeria consigo semejante vicio.

La Cámara no ha podido evitar aquella falta; así es que ha concedido gracias, no sólo a aquellos que han servido a la causa de la independencia, sino a otros que, exentos de todo mérito, se han presentado con las lágrimas en los ojos. Causa asombro que una cantidad de 50,000 pesos que están redituando i gravando por consiguiente nuestra deuda, se consuman en pensiones solamente.

Es sorprendente el abuso que se va haciendo del derecho de peticion. En el período actual hai mas peticiones en las dos Cámaras, que las que ha hibido en muchos años anteriores; hemos resuelto 5, i quedan todavía 2 i en esta Cámara i 27 en el Senado. La Cámara me permitirá observar cuánto se está gravando las rentas públicas i cuánto debemos esforzarnos por dejar libre a nuestro pais de la deuda estranjera que tanto nos grava i que si lograrnos desprendernos de ella gozaremos dias mas felices.

Por otra parte, no fé si la Cámara puede ocuparse en estas solicitudes de particulares, con la dificultad por no decir imposibilidad que tienen de ponerse a cabo de todos los hechos, de las necesidades de los solicitantes, de los servicios que han prestado, etc. De aquí resulta una multitud de fraudes i de supercheiías escandalosas, con que se engaña a la Cámara i que ésta no puede evitar. Es necesario cerrar esta mano tanto tiempo abierta al llanto i a la súplica, es necesario hacer cesar ese manantial inagotable. Los medios que me han parecido convenientes, los he espresado en el proyecto de lei que he sometido al exámen de la Cámara. No pudiendo pues ocuparse ésta en semejantes solicitudes, i no siendo posible por otra parte al Ejecutivo ocuparse en ellas, he creido salvada la dificultad, distinguiendo dos clases dé pet ciones: una que provienen de grandes servicios i en las cuales entenderá la Cámara, i otras ordinarias en que no entendeiá, a no ser que algún Diputado tenga razones en que apoyarla. En años anteriores hubo en la Cámara un acuerdo semejante que produjo mui buenos resultados. Si la Cámara quisiese admitir el proyecto, haré reflexiones particulares.

Se procedió a votacion, i se aprobó en jeneral i pasó a la comision de policía.

El señor Vial don Manuel Camilo, tomó la palabra para hacer presente a la Comision que siendo tan importante el asunto de la mocion, procurase su pronto despacho.

El señor Renjifo tomó la palabra i dijo: existe una comision que tiene por objeto redactar el reglamento interior de la Sala, i como la mocion presente puede servir a la Comision de que he hablado, creo que la debe pasar a ella.

El señor Palazuelos dijo, la indicacion me parece bien, pero perjudica el pronto despacho.

El señor Vial ha hecho una indicacion que me parece justa i desearía que la Comision informara a segunda hora. Sin perjuicio de esto la Comision encargada de redactar el reglamento interior de la Sala puede aprovecharse de la idea del señor Diputado autor de la mocion.

El señor Vial, don Manuel Camilo, dijo: Al exijir el pronto despacho de la mocion no pretendí que la comision informara a segunda hora. Al contrario, creo puede hacerse en el proyecto algunas variaciones, por ejemplo, hacer estensiva la lei a las dos Cámaras, variaciones que no darán lugar a que se despache en una sola noche.

El señor Palazuelos leyó un informe de una comision sobre un asunto particular e hizo algunas observaciones.

El señor Cerda pidió que se publicase el proyecto del señor García Reyes. Este dijo que ya que se iba a publicar una mocion, se publicasen también las otras, al mismo tiempo que el informe del señor Toro, porque muchos de los Diputados no estaban al cabo de ella.

El señor Renjifo dijo que ya que se pedia la publicacion del informe de un miembro de la comision relativo a la lei de moneda, debia publicarse también con mas razón el informe de la mayoría de la comision.

Se levantó la sesion.


  1. Este documento es tomado de El Progreso del 19 de Julio de 1843, Núm. 208. —(Nota del Recopilador.)
  2. Véase esta mocion en la pájina 227, anexo núm. 220. —(Nota del Recopilador).