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CÁMARA DE DIPUTADOS
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 59.ª ESTRAORDINARIA EN 9 DE DE NOVIEMBRE 1842
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO GARCÍA HUIDOBRO


SUMARIO. —Nómina de los asistente?. —Cuenta. —Rebajas hechas por el Senado en los Presupuestos. —Comision especial. —Valor de los documentos estendidos en papel incompetente. —Acta.


CUENTA

La Comision de Hacienda informa verbalmente sobre ciertas rebajas hechas por el Senado en los Presupuestos. (V. sesion del 8).

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar algunas i desechar otras de las rebajas hechas por el Senado en los Presupuestos. (V. sesion del 21).
  2. Que una Comision compuesta de los señores Cerda, Cobo i Vergara manifieste a la Comision Mista encargada del exámen de los Presupuestos los motivos que esta Cámara ha tenido para disentir en ciertas rebajas. (V. sesion del 21).
  3. Aprobar el artículo 1.° i dejar para segunda discusion el artículo 2.° del proyecto de lei que fija el valor de los documentos estendidos en papel incompetente. (V. sesiones del 8 i el 11).

ACTA

SESION DEL 9 DE NOVIEMBRE DE 1842

Se abrió con los señores Arriagada, Bernales, Campino, Cerda, Cobo, Correa don Luis, Covarrúbias, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Fierro, Guzman don José Pedro, Huidobro, Irarrázaval, López, Mena, Montt, Ovalle, Palacios don Juan José, Palazuelos, Pérez, Prieto, Reyes don Ignacio, Reyes don José, Renjifo, Seco, Tocornal Grez, Velázquez, Vergara, Vial don Antonio, Vial don Ramon, Vidal i Arístegui.

Aprobada el acta de la sesión anterior la Comision de Hacienda dió verbalmente el informe que se le habia pedido en la sesion anterior sobre el proyecto de lei de presupuestos i en su consecuencia se tomaron en consideracion las rebajas 6.ª 7.ª i 8.ª del presupuesto del Ministerio de la Guerra acordadas por el Senado i se aprobaron la 6.ª i 7.ª :la 8.ª por la que se suprimen $ 480, sueldo de un sarjento mayor retirado que está empleado en distinta carrera, se desechó por veintisiete votos contra seis. En seguida se mandó redactar el artículo 2.º con arreglo a las bajas acordadas i quedó en los términos que sigue:

Art. 2.º Se destinan para los gastos de ad