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CÁMARA DE SENADORES
  1. Porque el distrito de Santiago es el mas estenso i poblado;
  2. Porque está de manifiesto que sólo se ha concebido por figurar economía, a fin de que el Congreso no se negara al establecimiento de las nuevas Cortes.

Ahora, pues, no se ha considerado el artículo con respecto a los fiscales, sobre lo que ocurren muchas reflexiones que hacer. Yo suprimiría, señor, todo el artículo incluso la disposicion relativa a los fiscales: de este modo quedaría mas completa la lei.

El señor Egaña. —Yo no he querido asentar, señor, que la Constitución de 28, estableció sólo cuatro ministros, éste número fué nombrado por el Congreso i mui luego se notó que no era bastante.

En cuanto a la supresión completa del artículo que nos ocupa, estoi mui de acuerdo con el señor Presidente. Mas yo no entraré jamas en el medio propuesto en la sesión pasada por un señor Senador, de que los ajentes fiscales sean sólo ajentes de los fiscales; porque eso se hacia cuando los fiscales venian de España, i cuando algunos de ellos no podrán hacerlo todo por sí: pero esto seria ahora un absurdo.

Repito, pues, que estoi por la supresión total del articulo, i porque reservemos los otros puntos para despues.

Se preguntó a la Sala si se suprimía o no el artículo 11, i se acordó suprimirlo por unanimidad.

A segunda hora se puso en discusión jeneral el proyecto de lei sobre nueva planta del ejército, i sin discusión alguna se aprobó por unanimidad.

Se pusieron también en discusión jeneral las solicitudes particulares de don Bartolomé Gómez i de don Francisco de Paula Marambio, i sin que hubiese discusión sobre ninguna de ellas, se procedió á votar secretamente, i fueron admitidas en jeneral, la primera por siete votos contra cuatro, i la segunda por seis contra cinco

El señor Presidente las mandó pasar a las Comisiones de Gueara i de Justicia reunidas i en este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para próxima los dos restantes artículos del proyecto sobre establecimiento de Cortes, la indicacion relativa a la abolicion del fuero militar, i el proyecto de leí sobre nueva planta del ejército.



ANEXOS

Núm. 49

El proyecto de lei iniciado por el Presidente de la República con el objeto de mejorar la organizacion del Cuerpo de Injenieros Civiles, ha sido aprobado en los mismos términos que está concebido en el mensaje que acompaño, a escepcion del artículo 2.º que ha recibido una lijera adicir n en que se espresa, que el Tesorero debe emplearse únicamente en los trabajos de la oficina; con lo que ha quedado como sigue:

"Art. 2.º Tendrá ademas este cuerpo un Tesorero que se empleará en los trabajos de la oficina del mismo cuerpo, en llevar la cuenta i razón de todos los caudales que por medio de él se inviertan , i en el arreglo i custodia del archivo: i un escribiente que servirá para las copias de las comunicaciones i demás objetos a que el director lo destine, escepluados los de la contabilidad.

Dios guarde a V. E. —R. L. IRARRÁZAVAL. —Ramón Rengifo.


Núm. 50

El proyecto de lei sobre establecimiento de una oficina de estadística que esa Cámara tuvo a bien acordar, a consecuencia del iniciado por el Presidente de la República, ha sido aprobada por la de Diputados con las modificaciones siguientes:

Del artículo 2.° se suprimieron la parte 7.ª, i 8.ª i 9.ª i se reemplazaron con la 5.ª, 7.ª i 8.ª del proyecto del Gobierno.

Se desecharon los artículos 3.º i 4.º,sehan modificado i enmendado los artículos 5.º i 18. Al 7.º i 12 se les ha adicionado la cláusula final del proyecto del Gobierno i finalmente se han restablecido los artícu os 8.° i 17 del proyecto orijinal, que se habian suprimido en el que se ha considerado por la Cámara. Con las en miendas enunciadas ha quedado en los términos i órden que a continuacion se copia:

"Articulo primero

. Se establece en la capital de la República una oficina de estadística con, el objeto de adquirir, ordenar i publicar noticias circunstanciadas i puntuales.

Sobre la latitud, ester.sion, superficie, fronteras, aspecto físico, fertilidad i cultura del terreno, clima, salubridad, presión atmosférica, lluvia, vientos i temblores, division dmistrativa, judicial, eclesiástica i militar i cuanto mas corresponde al territorio.

Sobre las razas, leyes, usos i costumbres, edad, sexo, estado, profesiones, procedencia, residencia e instruccion primaria, movimiento i acumulacion de la poblacion i cuanto mas concierne a los habitantes.

Sobre la cantidad, calidad i valor, consumo i usos a que se destinen los productos naturales, división, valor i renta de las propiedades rurales i cuanto mas sea necesario para dar a conocer la importancia que tienen en Chile los tres reinos de la naturaleza.

Sobre el número de fábricas i talleres; cauti