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SESION DE 23 DE ABRIL DE 1827

desolación i de los mas enormes males que han afljido a las provincias del Sur en todo el tiempo de nuestra regeneración política; despues, finalmente que sus vecinos han sido infatigables en el servicio personal i pecuniario para adquirir el laurel de sus derechos i su jenitud, parece que cuando debia enjugar las lágrimas de sus desgraciados i gozar del premio merecido o tanta costa, se le presenta en retribución la mas exajerada catástrofe de la última ruina i miseria. Nada ménos es la división i desmembración del curato de Ninhue que hizo la Asamblea provincial; bien es que la innata bondad de S. E., el señor Presidente de la República, ha declarado, con fecha 20 de Marzo anterior, quede sin efecto la indicada división; mas, no obstante esta suprema resolución, cuatro individuos interesados i mas por seducción del presbítero don Miguel Fonseca, sujeto que no puede vivir sin la convulsion i turbulencia inquieta, han elevado a Vuestra Soberanía un reclamo instituido en obtener la confirmación de lo obrado por la Asamblea (según se nos ha noticiado).

El pueblo de San Cárlos, Soberano Señor, jamas convendría en un mal incalculable, a no ser abandonando para siempre su poblacion por el estado de miseria i peligros inminentes a que visiblemente queda sitiado. Estas consideraciones i otras innumerables que omitimos por no ser difusos, nos compelen a impetrar de Vuestra Soberanía la invalidación de lo resuelto por la Asamblea.

La Municipalidad de San Cárlos insinúa a Vuestra Soberanía los mas profundos respetos de consideracion i aprecio con que somos de Vuestra Soberanía S. S. S. —Sala Capitular de San Cárlos i Abril 9 de 1827.—Manuel Cayetano González.—José María Vázquez. —Julián Hernández.—Juan de Dios Narváez. — Miguel Hernández.—Mateo Hernández. —Manuel José González.—Francisco de la Barra. —Soberano Congreso Constituyente.


Núm. 385

En sesión de hoi, ha tenido presente esta Asamblea una nota de su Ejecutivo provincial, en que trascribe la que le dirije el Cabildo de Quillota; lo sustancial que ella contiene, es decir, que el Soberano Congreso sancionó el dia 30 del pasado, que los pueblos que no quisiesen estar sujetos a las capitales a quienes por su demarcación estaban designados, pudiesen, manifestando ésta su voluntad, ponerse bajo el Gobierno Nacional; el pueblo de Quillota, persuadido del engaño, se avanzó sin esperar esta deliberación soberana por sus trámites debidos, a declararse independiente de esta capital.

El Presidente de esta Asamblea, al dirijirse al señor secretario del Soberano Congreso Nacional, le hace ver el desagrado con que esta Sala ha mirado una sanción que si los enemigos de la libertad hubiesen apurado los recursos para envolver al país chileno en ta mas escandalosa anarquía, no habrían descubierto otro arbitrio mas aparente. Esta Asamblea, que no podrá entrar por tan degradantes operaciones, habia dispuesto retirar los poderes de sus diputados al Congreso, reasumir la parte de la soberanía nacional que le toca, convocar a otras virtuosas Asambleas i declarar abiertamente una guerra al oríjen fecundo de estos males.

Como la suprema hacedora mano vela sobre nuestra causa, ha querido que el Soberano Congreso revocase una sanción que le degradaba ante las naciones todas, cuyos funestos resultados prometían lisonjeras esperanzas a las compañías opresoras que debieron haber maniobrado a este efecto.

El que suscribe, a nombre de esta Asamblea, suplica al señor diputado secretario del Congreso dé las gracias a la Soberanía Nacional por la irrevocable sanción que ha hecho desaparecer la primera, protestándole que este Cuerpo trabaja, i no sin fruto, en sostener las soberanas deliberaciones que, siendo conformes a la voluntad jeneral de los pueblos, prometan así la felicidad del Estado.

Tengo el honor de ofrecer las consideraciones de mi respetuoso aprecio al señor diputado secretario del Soberano Congreso Nacional. —Asamblea provincial, San Felipe, Abril 5 de 1827. — F. de Paula Fernández. —Enrique Fulner. —Señor Diputado Secretario del Soberano Congreso Nacional.


Núm. 386

El detalle que remití al Cabildo de San Fernando de lo acaecido en esta capital con la Honorable Asamblea, i el oficio de la parte de ésta trasladada a Nancagua, que indiqué a Vuestra Soberanía, en mi contestación del 27 de Marzo último, habia pasado a la misma Corporacion sobre separarme del mando de la provincia i que no se prestase obedecimiento a órden alguna librada por mí, han resultado el contesto que dicha Municipalidad me ha dado constante de la copia testimoniada que tengo el honor de adjuntar. Puedo asegurar a Vuestra Soberanía que sin embargo del estrépito causado estemporáneamente i sin el menor fundamento por la parte de Asamblea, la provincia se mantiene quieta i solo i la espectativa del resultado.

El que suscribe saluda a Vuestra Soberanía con toda sumisión i respeto. —Intendente de Colchagua, Curicó, Abril 10 de 1827. — Isidoro de la Peña.—Al Soberano Congreso Nacional.