documentos de fs. 1 a fs. 7, i mi escrito de fs. 9, como lo pido encarecidamente, se sirva confirmar el auto de mi asignacion de fs. 14 vuelta, que es justicia i gracia que espero de la justificacion V. H. —Mercedes de Villegas.
Sala del Senado, Junio 23 de 1823. —Por el mérito del espediente con que se instruye esta solicitud, el ▼Senado confirma la gracia hecha en decreto de 1.º de Octubre del año anterior, a favor de doña Mercedes Villegas, conforme al acuerdo del dia, dándose cuenta al Gobierno de esta resolucion. —Novoa. —J. M. Munita, secretario.
Núm. 361
Excmo. Señor:
Al devolver el Senado a V. E. el espediente seguido por doña Mercedes Villegas con el dictámen de la sala acordado en esta fecha sobre su solicitud, tiene el honor de ofrecer a V. E. sus respetos i alta consideracion. —Santiago, Junio 23 de 1823. —Al Excmo. Señor Supremo Director.
Núm. 362
Excmo. Señor:
A consecuencia del reclamo dirijido al Senado por el profesor de matemáticas don Luis Labarca, sobre que se le releve de la prueba de su aptitud i suficiencia en aquella facultad, a que V. E. le remite por sus decretos de 1.º i 24 de Mayo último, para obtener el empleo de agrimensor en la provincia de Coquimbo; con respecto a que, del espediente que ha manifestado, resultan absueltos con suceso favorable los exámenes que, segun la Constitucion del Instituto Nacional, debia sufrir el peticionario; acordó el Senado que, pasándose los antecedentes a V. E., informase el Ministro de Gobierno acerca de esta solicitud, teniendo presente el reglamento institucional. —Reciba V. E. de nuevo la protesta del aprecio i consideracion que le profesa esta sala. —Santiago, Junio 23 de 1823. —Al líxcmo. Señor Supremo Director.
Núm. 363
Excmo. Señor:
A la apreciable nota de V. E. dirijida al Senado, instruyéndole de la órden que V. E. ha tenido a bien espedir sobre el regreso de la division auxiliar que existe en Lima, i del objeto de esta resolucion, se acordó contestar a V. E que ya queda el ▼Senado enterado de ella.
Con cuyo motivo, reitera a V. E. la oblacion de su invariable afecto. —Santiago, Junio 23 de 1823. —Al Excmo. Señor ▼Supremo Director.
Núm. 364
Excmo. Señor:
El proyecto de reformas de todos los ramos de administracion pública para presentarlo al futuro ▼ Congreso luego que se instale, se ha creido por el ▼Senado un deber el mas análogo a sus atribuciones de lejislador i conservador, al mismo tiempo que se gloria de preparar de este modo las tareas de aquella soberana Corporacion, en cuanto esté a sus alcances. Tales son las concideraciones con que procedió la sala al aprobar, en sesion de la fecha, la mocion dirijida al nombramiento de las comisiones siguientes:
La primera, para que forme un proyecto de Constitucion Política, segun la tendencia que manifiestan los pueblos a un gobierno republicano.
La segunda, que tenga por objeto la organizacion de un plan de hacienda i arreglo de contribuciones.
La tercera, un plan sobre la reforma de la administracion de justicia i arreglo de los tribunales, examinando al mismo tiempo si convendrá el establecimiento de los juicios por jurados, el de los jueces de paz, i cuanto conduzca a la mas pronta decision de los pleitos.
La cuarta, formar un código en que clara i sucintamente se detallen las atribuciones de los Gobernadores-Intendentes de las provincias en que va a dividirse el Estado en los cuatro ramos de Justicia, Policía, Hacienda i Guerra; las de los delegados de los partidos; las de los inspectores i alcaldes de barrio, i las de los jueces de comision en el campo, i sus diputados, teniendo para ello a la vista el antiguo Código de Intendentes, los reglamentos i resoluciones espedidas por el anterior Senado sobre dichos jueces, i observando cuanto pueda ser adaptable a las actuales circunstancias.
Cada una de dichas comisiones deberá evacuar su respectivo trabajo ántes de un mes, si es posible, a fin de que se publique ántes de la instalacion del Congreso, para que éste oiga el voto de los pueblos sobre aquellas materias i espida su soberana resolucion con mejor acuerdo, relevándose al efecto de toda otra ocupacion a los comisionados que se nombren, a fin de que esclusivamente se contraigan al desempeño de tan importante encargo.
El Senado tiene el honor de hacerlo presente a V. E., renovando la oferta de su distinguido aprecio. —Santiago, Junio 30 de 1823. —Al Excmo. Señor ▼Supremo Director.