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ANEXOS

Núm. 791

El Director Supremo desea aliviar en parte la triste situación en que se halla doña Cármen González i sus tiernos hijos, según manifiesta en el memorial adjunto, conmutando al efecto la pena de destierro por diez años, que se halla sufriendo en el presidio de Valdivia su esposo don Luis Ponce, en la de dos años en la villa de Aconcagua, i espera que el Senado Conservador, recordando su honorable nota de 12 de Febrero último i contestación del Director, acuerde lo que considerase mas justo en el particular conforme a lo dispuesto en el artículo 15, título III de la Constitución Política del Estado.

Reitera al Senado Conservador las protestas de su mayor respeto el Director. —Santiago, Julio 6 de 1824. —Ramon Freire. —Santiago Fernández. —Al Excmo. Senado Conservador.


Núm. 792

Excmo Señor.

Doña Cármen González, esposa de don Luis Ponce, con la mayor veneración i respeto, a V. E. espongo: que, a la par de la desgraciada suerte que deplora mi consorte en el destierro de Valdivia, marcha mi lastimable i aflijente situación; sin protección la menor, sin recurso alguno para mi subsistencia, i espuesta a la degradante mendicidad para poder corresponder a los maternales deberes que me impone el amor filial. I que, finalmente, la espansion de mis infortunios, me hace pasar por todas las gradaciones del dolor i de la miseria. Por lo que a V. E., humildemente, suplico, tenga a bien parar su alta consideración en la prolongada série de los sacrificios de mi marido, consagrada a la libertad del país, i que éstos, si merecen su digna meditación, sean los medianeros para su alivio, quedándole a V. E. la lisonjera satisfacción de hacer justicia a la humanidad, i de servir a los lamentos de mi dolorosa necesidad i de mis tiernos hijos, oríjenes de mis lágrimas. Es gracia, etc. —Excmo. Señor. —Cármen González.

Santiago, Julio 5 de 1824. —Al acuerdo del Excmo. Senado para la conmutación de la pena a don Luis Ponce, esposo de la suplicante. —(Hai una rúbrica). —Fernández.


Núm. 793

Con fecha 14 de Junio último, pasaron a la sanción del Excmo. Senado, las consultas de jefes para el rejimiento de milicias de caballería de Quillota, proponiéndose de teniente-coronel a don Javier Dueñas, i de comandante del 4.º escuadrón, a don Agustín Ovalle. Hasta ahora ignora el Gobierno la resolución del Senado; por cuyo motivo se halla paralizada la espedicion de los despachos, así de éstos como de los subalternos, o por consiguiente la organización de dicho rejimiento.

A fin de que pueda continuar, ruega al Excmo. Senado, el Director Supremo, la deliberación de este asunto i la admisión de su mayor respeto. Santiago, Julio 6 de 1824. —Ramon Freire. —Santiago Fernández. —Al Excmo. Senado Conservador.