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SESION DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1819
Las once barras de plata existentes valen 12,357
Se deben de ellas a la Comision de empréstito 1,422 11,196
A las cajas del Estado 8,470
A don Tomas Robinson 1,303 6
Quedan a favor de la Casa 1,160 1,160
Caudal de la Casa 14,057 7
En esta forma
En 95 1/8 doblones de a 16 1,522 3,001 14,507 7
En moneda de plata 1,479
En las pastas de oro 9,895
En id. de las de plata 1,160
Igual 000

Los noventa i un marcos de oro i cuatrocientos trece de plata que existen en las oficinas de la fundicion mayor i fielatura, se hallan en residuos i granallas de fundiciones, en tierras i callanas por beneficiar, i en las mermas que resultarán en la cuenta de la fundicion mayor. —Contaduría de Casa de Moneda i Noviembre 9 de 1819.

Demostracion
Pesos Reales
En el tanteo del mes anterior resultaron a favor de la Casa 33,339
En esta forma
El caudal efectivo en numerario í pastas, según el estado de la vuelta 14,057 7 33,326
En 91.0.7.3.06. existentes en oro en la fundición i fielatura 11,673 7
En 413.1.4.2.08. id. de plata en las mismas oficinas 3,308 5
En lo anticipado al guarda-materiales i fundidor mayor para gastos de sus oficinas 2,17
En deudas activas 2,113 6
Resultan de ménos 13

Como se demuestra, resulta la diferencia de 13 pesos, que se han pagado sobre las utilidades que dieron a la Casa los 740 marcos de plata, para satisfacer al Fiel el todo de los derechos de amonedacion de los 2,610 marcos de la partida rendida i considerada en el balance anterior. José Santiago Portales. —Silvestre Martínez de Ochagavía.


Hecho el balance de corte i tanteo, según las relaciones de estado, están conformes. Utsupra. —José Santiago Portales.


Núm. 613

Excmo. Señor:

Si compadécela situacion que representa doña Magdalena Gacitúa, no podemos resolvernos a sufragarle el auxilio que pide su indijencia, por el abatimiento de los fondos públicos i por el apuro en que se hallan éstos. Si cree la interesada el decadente estado del ramo de montepío de Ministros, en el mismo se hallan los demas del Erario, i lo único que puede hacerse en su obsequio es prevenir que en un mismo ramo de montepío de Ministros sea comprendida doña Magdalena en el rateo que debe efectuarse. —Dios guarde a V.E. —Noviembre 24 de 1819. —Excmo. Señor Supremo Director.