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pecto á los demás hombres; y Moral religiosa los que se refieren á Dios.
Hay una relación de concierto entre todos los de- beres, fundada en la unidad de la ley moral.
12. En las diversas relaciones en que puede en- contrarse el hombre: individuales, sociales, religio- sas, existen deberes negativos ó estrictos y positivos o amplios.
Los primeros prohiben el mal, los segundos orde- nan el bien; los unos nos impiden ser culpables, los otros nos hacen virtuosos; aunque todos sean obliga- torios no lo son de igual manera: los amplios están subordinados á los estrictos.
13. División de los deberes individuales. —El hombre es una dualidad compuesta de cuerpo y alma; sus debe- res respecto á si mismo se dividen, por lo tanto, en deberes relativos al cuerpo y deberes relativos al alma.
Es necesario entender esta distinción: el sujeto co- mún de todos los deberes que se le imponen por este doble titulo, es siempre el sér racional y libre, pues el cuerpo en si mismo es incapaz de obligación, es el servidor del alma, y toda su importancia consiste en la participación indispensable que tiene para el cum- plimiento de nuestra finalidad.
14. Deberes respecto al cuerpo.—Los deberes del hom- bre respecto al cuerpo pueden encerrarse en estas do