Página:Bancos y moneda. Recopilación de leyes y decretos, 1854 á 1890.djvu/255

Esta página no ha sido corregida
— 255 —

podrún estas ser contrarrestades por todos, sin dor ni reconucer monopolio i la rueda de las Bolsas pura hacer las operaciones que hon de lijor el valor relativo de lo monedo de papel cun relneión d lo del oro.

Por lo demás, señor Presidente, si propongo devolver ú lu comunidad ó quien pertenece el privilegio, no solo el derecho, el privilegio de fijar por sí, por la oferta y demanda en el mercodo general, el valor de lo moneda legal, y propongo así suprimir el monopolio que en el hecho actual oslún ejerciendo las Bolsns de Comercio, en nodo ataco ni modifico los derechos individuoles de los socios de las Bolsas ó centros comerciales, puesto que elloscomo cualquier hobitonte, podrin comprar ó vender oro en el mercado, es decir, comhior oro por papal á la sola condición de no constituirse en reunion pública ó privada pora hacer juegos i difcrencias, sobre valor de la moneda nacional.

Mi deseo, sin ofender derecho alguno, es que el precio de compra ó venta de oro, ó mús bien el tipo de comihio realice coda hahilante, pese para formor el promedio que de valor de la moneda legal y que no suceda lo que hoyque al toque de compano de socierlodes privados, se fije por unos cuantos y por operaciones imnginorios, el valor de la monedn con que se pagan impuestos, rentas, salarios, etc.

Si V. E. Bcepta el decreto que le propongo, el pals sahrá cuál cs el precio ú que se cotiza la moneda de curso legal, cumo sabe hoy el precio que se cotizon los camhios internocionales y entre otros medios de informoción, tendrá los boletines de las Bolsas, Anunciando en lo misma forma que ununcian hoy el valor de los combios, el volor del oro con relación ú los billetes de Banco inconvertihles.

¿Cuiles serůn, Excmo, señor, las consecuencias de la supresión total de lus cotizaciones de las monedas nacionnles en las Bolsas de Comercio? Desde luego, entraremos de lleno en el ancho camino de