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dos millones quinientos veinte mil pesos oro (2.520,000$ oro) venidos por cl vapor inglés «Siddons» y mondndos entregor á la Oficina Inspectoro, y por el saldo responde el Tesoro Nacional, el que será entregado á la Oficina Inspectora, tan pronto como se reciba en ésta el resto del oro correspondiente á las letras recibidos del Gobicrno de Mendoza.

Art. 3° Pase ó la Oficina Inspectora para su ejecución, previas les diligencias que exija la Ley, haciéndose oportunamente les publicaciones que prescriba el ortículo 4° de le misme.

Art. 4 Comuniquese, publiquese y dése al Registro Nacional.

JUAREZ CELMAN.

W. PACHECO.

BANCO PROVINCIAL DE SAN JUAN Buenos Aires, Octubro 18 de 1888, Resultondo de los documentos acompañodos al presenta espadiente, que por ley de la Provincia de San Juan, de Setiembre 1 de 1888, so ha creado cn esa Provincia un Banco mixto de emisión, descuentos y depósitos, denominodo: «Banco Provincial de San Juan», con un cupital de tres millones de pesos (30,000 occiones de cien pasos cuda una), de cuyo valor el Gobierno de la Provincio suscriba veinticinco mil (25,000) occiones ó sean dos millones