Página:Bancos y moneda. Recopilación de leyes y decretos, 1854 á 1890.djvu/18

Esta página ha sido corregida
— 18 —

serán aplicadas á aumentar el fondo amortizante de las que quedan en circulación.

Art. 11. Los fondos de amortización correspondientes á capitales cuyo valor en plaza pasa de la par. serán reservados en la caja de amortización.


CAPÍTULO III


De la junta de administración


Art. 12. La Administración del Crédito Público estará bajo la inmediata garantía y vigilancia del Congreso Nacional, por medio de una Junta de Administración que se establecerá al efecto.

Art. 13. La Junta de Administración se compondrá de un Senador Presidente de la Junta, dos Diputados y dos propietarios ó comerciantes.

Art. 14. La elección del Senador y de los dos Diputados, se hará cada año, dentro de los cinco diasque precederán á la clausura de las sesiones, por la respectiva Cámara del Congreso, pudiendo ser reelectos. Los dos propietarios ó comerciantes serán nombrados en la misma ocasión, por el Poder Ejecutivo.

Art. 15. La Junta de Administración tendrá un Secretario, que lo será el Contador de la caja de amortización.

Art. 16. Solo los miembros que componen la Junta tendrán voto en ella.

Art. 17. Al fin de cada trimestre la Administración publicará un estado de su situación y además un estado anual que presentará al Congreso por medio de su Presidente.

Art. 18. La Junta de Administración podrá nombrar y destituir los empleados de su dependencia, una vez que sea fijado por el Congreso su número, clase y dotación.