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¿May vna rá

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486 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES las baquerias por termino de quatro años, se toca p." ex- periencia lo exaustas que estan las Campañas realengas de el Ganado bacuno Cimarron, que pasta en éllas, és pre- ciso mudar de methodo, y en este se conseguira por lo me- nos se logre el multiplico en las terneras de tres meses pa- ra arriva, assi en el Ganado que se tragere a los rodeos, como en el que quedare en la Campaña=

4. Estando dada regla General de el tiempo en que se ha de salir a la Campaña, se medira cada uno de suer- te que no le cojan las aguas del Ybierno fuera, pues si no fuere por pereza o desgracia, saliendo en todo Hene- ro, ó febrero, no le cojera á ninguno el Maio en la Cam- paña, quanto mas que en las aguas no ai regularidad, pues unas vezes se adelantan, y otras se atrasan, y en ocassio- nes se experimentan mas llubias en el Verano que en el Ybierno=

5." Saliendo por el mes de Henero, y de ay adelante se hallan las terneras de tamaño que pueden seguir, y no ujltedarse., como succede a los ape. salen en este. tiemno., y, me lo han assegurado los q. han declarado, que son vas- tantemente practicos en las Campañas=

6.2 Todos los Vecinos de esta Ciudad, no tienen sem- brados, como ni tampoco todos salen 4 hacer baquerías, con que se repartiran para unos, y otros ministerios, y aplicandose á entrar, y Salir temprano a las Campañas realengas, se logrará lo que se expressa ú lo ultimo de este Capitulo=

7.2 El Ganado que se entrare á sacar ahora, no ha de servir para los mattaderos el año que viene, por la mesma razon que expresa en este punto el Cap.” Pedro de Jiles, y para el Subcesivo, servira el que se entrare á sa- car por Henero, y febrero, quedando áú mi Cuidado el pro- veer al mattadero, en casso de no hallar quien se obligue al precio regular, precissando a los que tienen rodeos a que lo den para el efecto, sin alterar el precio, repartiendo íú cada uno las Cavezas que huviere de dar, conforme las