Historia I:Venalidad de los cargos

Capítulo 1 - Francia desde 1498 a 1559
Venalidad de los cargos

de Charles Seignobos


Los hombres encargados por el rey de administrar justicia y de la gestión financiera eran, hasta el siglo XVI, en Francia lo mismo que en todos los demás países, servidores del rey, elegidos por él, y a los cuales podía destituir. El rey, al nombrarlos, les mandaba una comunicación, en la que decía haberles elegido para permanecer en funciones "en tanto nos plazca".

Pero, ya en la Edad Media, los reyes empezaron a considerar los cargos como un medio para proporcionarse dinero. Vendieron primeramente los cargos de tabelión o notario, es decir, el derecho a redactar los documentos de los particulares, y los cargos de escribano, que daban el derecho de hacer copias de las sentencias. En el siglo XV vendieron también las funciones del juez.

Los Estados generales de 1484 protestaron contra este abuso, y Luis XII prohibió vender los cargos (se les llamaba oficios). Ordenó que todos los funcionarios, antes de entrar en el cargo, jurasen no haber dado nada para obtenerlo.

Pero el rey tenía demasiada necesidad de dinero para rehusar las ofertas de los ricos banqueros, deseosos de obtener cargos. Luis XII vendió funciones de Hacienda, Francisco I vendió todos los cargos de justicia.

Se creó en 1522 la oficina de las partidas eventuales, "para servir de tienda a esta nueva mercancía", según palabras del jurisconsulto Loiseau. Desde entonces los cargos se vendieron públicamente en nombre del rey, depositándose el precio de la venta en una caja especial. El que compraba el cargo, antes de tomar posesión de él, prestaba, sin embargo, el juramento de que no había dado nada para adquirirlo. Este perjurio obligatorio no fue abolido hasta fines del siglo XVI. No se vendieron jamás los cargos de la casa del rey, ni los grados del ejército, pero los otros cargos llegaron a ser venales.

Pronto se crearon cargos inútiles, expresamente para venderlos. En Hacienda se crearon a miles de recaudadores y electos. En la administración de justicia se crearon cargos de consejeros de los Parlamentos.

No había hasta entonces en las provincias otros funcionarios que el bailio o el senescal. La justicia se administraba en su nombre por sus lugartenientes, que habían hecho estudios de Derecho, el lugarteniente civil para los pleitos, el lugarteniente criminal para los asuntos criminales. Todos juzgaban solos, pero de ordinario hacían que les ayudasen algunos abogados de su tribunal, que le servían de consejeros.

En tiempo de Enrique II, para tener nuevos cargos que vender, se cambiaron estos consejeros en funcionarios. En cada ciudad donde había un bailiaje, se creó un tribunal presidial, formado por dos lugartenientes y siete consejeros. Se crearon de una vez 32, luego otros más. Se estableció también, por bajo de los Parlamentos, un nuevo grado de jurisdicción al que los litigantes debieron llevar sus causas.

La venalidad de los cargos creó en Francia una especie de personajes desconocidos en el resto del mundo. Como el oficial había comprado su oficio, no podía ser destituido, a menos de que se le condenara por un delito, y venía a ser funcionario vitalicio. Habiendo comprado el cargo, le consideraba como una propiedad. A su muerte, el cargo habría debido volver al rey, pero se admitió que el oficial tuviera el derecho de resignarlo, es decir, de presentar la dimisión designando su sucesor. Era preciso solamente que lo resignara cuarenta días antes de morir, y, si moría antes, el cargo volvía al rey, que lo vendía de nuevo.

Al vender el cargo, no se atendía más que al dinero que se podía sacar de la venta, no se exigía del comprador ninguna condición de capacidad. Verdad es que, antes de dar posesión a un juez, había de hacerse una información acerca de su conducta y se le obligaba a sufrir un examen; pero no se pedía ningún grado universitario y en el examen jamás era nadie desaprobado.

Los poseedores de cargos debían percibir un salario, que se llamaba gajes. Pero el rey, siempre necesitado de dinero, descuidaba con frecuencia de pagarlos. Los jueces tomaron la costumbre de hacerse pagar por los litigantes, antes de dictar sentencia. Tratábase al principio de un regalo en especias o en grajea, luego fue una suma de dinero, pero siguió la denominación de especias. Los oficiales de Hacienda se servían también de su poder para sacar dinero a los administrados. Como el rey vendía los cargos, ellos tenían el derecho de explotar a los súbditos del rey.

Durante un siglo, todo el mundo en Francia protestó contra la venalidad de los cargos. Loiseau decía aún en 1612: "La venta es tan odiosa que causa vergüenza declararla, y, en vez de esto, se dice que se da el cargo a título oneroso. Creo que no hay nada en nuestras costumbres más contrario a la razón que la venalidad de los cargos, que prefiere el dinero a la virtud, en la cosa del mundo en que la virtud es más de buscar y el dinero más de despreciar, porque, si el oficial merece su cargo, no hay razón para que lo compre, y, si no lo merece, hay todavía menos razón para venderlo". La venalidad duró, sin embargo, hasta la Revolución. Fue restablecida en parte desde la soberanía de Napoleón I, y subsiste todavía en Francia para los notarios, escribanos, alguaciles, abogados, agentes de cambio, peritos tasadores.